ITC DEL REGLAMENTO DE BAJA TENSIÓN |
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN CARAVANAS Y PARQUES DE CARAVANAS
ÍNDICE
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN.1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN.
2. CONDICIONES GENERALES DE INSTALACIÓN.
El objeto de la presente instrucción es determinar los requisitos de instalación de las caravanas y los parques de caravanas.
Los receptores que se utilicen en dichas instalaciones cumplirán los requisitos de las directivas europeas aplicables conforme a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
2. CONDICIONES GENERALES DE INSTALACIÓN
Las prescripciones particulares para este tipo de establecimientos o instalaciones son las establecidas en la norma UNE 20.460 -7-708.